Calculadora de Incapacidades 2026
Cuánto paga el empleador, la EPS, el fondo o la ARL.
1 si es una incapacidad nueva; si es prórroga, el día en que continúa
No obligatoria, salvo pacto o política interna
- Empleador (2 días)
- $ 116.727
- EPS (8 días)
- $ 466.908
- Fondo de pensiones (0 días)
- $ 0
- Salario diario
- $ 83.333
Respuesta corta: en Colombia, la incapacidad por enfermedad general se paga al 66,67 % del salario: los dos primeros días los paga el empleador, del día 3 al 90 la EPS, del 91 al 180 la EPS al 50 % y desde el día 181 el fondo de pensiones. Ningún día puede pagarse por debajo del salario mínimo diario. La incapacidad de origen laboral la paga la ARL al 100 %.
Las prórrogas se suman: si es una incapacidad que continúa, escribe el día acumulado en que empieza este certificado. Algunas empresas pagan la diferencia hasta el 100 % por política interna; no es obligatorio salvo pacto.
¿Cuándo usar esta herramienta?
- Al liquidar la nómina de un trabajador incapacitado.
- Para saber cuánto recobrar a la EPS o a la ARL.
- Cuando una incapacidad se prorroga más de 90 o 180 días.
- Para explicarle al trabajador cuánto va a recibir.
Cómo calcular una incapacidad
- 1Escribe el salario mensual (o el IBC si el salario es variable).
- 2Elige el origen: común (EPS) o laboral (ARL).
- 3Escribe cuántos días tiene la incapacidad.
- 4Si es prórroga de una incapacidad anterior, escribe el día acumulado en que empieza.
- 5Revisa cuánto paga el empleador, la EPS, el fondo de pensiones o la ARL.
Que una incapacidad no frene los pedidos
Cuando alguien del equipo se incapacita, sus pedidos y conversaciones no pueden quedar en su celular. En Katuq los pedidos están en un tablero compartido y los chats de WhatsApp e Instagram en una bandeja de equipo, con usuarios ilimitados, así otra persona los retoma sin perder nada.